Derecho Administrativo

«Si la ley no me lo permite, no puedo»: legalidad aplicada

Aplicar el principio de juridicidad de la función pública (CPEUM arts. 14 y 16): el servidor solo puede hacer lo que la ley le faculta expresamente, a diferencia del particular, que puede hacer todo lo que la ley no le prohíbe.

La frase que resuelve media función

Hay un principio que atraviesa todo el derecho público y que conviene tener grabado: la autoridad solo puede hacer lo que la ley le faculta; el particular puede hacer todo lo que la ley no le prohíbe. Se llama principio de juridicidad y se apoya en los artículos 14 y 16 de la Constitución. Como servidor, cada vez que vayas a actuar deberías poder responder con un dedo señalar: «hago esto porque tal norma me lo permite». Si no encuentras la norma que te faculta, esa es la señal de que no puedes, aunque el resultado parezca bueno y la urgencia empuje.

En la empresa privada un «buen resultado» justifica muchos medios; en lo público, un medio sin fundamento contamina el resultado. Eximir un requisito «para ayudar» a alguien, autorizar un gasto «porque sí hacía falta», o decidir un asunto «porque el jefe lo pidió» sin que exista la atribución: todos son actos viciados, y cada uno es una puerta a una falta. La juridicidad te protege a ti también: si solo haces lo facultado y lo documentas, rara vez podrás ser responsabilizado. Quien improvisa «para bien» sin base es, paradójicamente, quien más se expone.

[Dos lógicas opuestas]

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Un vecino mayor no puede cargar unos documentos y te ruega que le «eximas» un requisito para entrar a un programa; el reglamento lo pide y no prevé excepciones. Asumiendo que eres el servidor que revisa, ¿qué manda el principio de juridicidad?

Si un servidor público actúa «para bien» —por ejemplo, agilizar un apoyo urgente— puede apartarse del principio de juridicidad porque el fin positivo justifica el medio.

Autocomprobación

Cuatro frases sobre el principio de juridicidad. En cuál se coló el error:

  1. El particular puede hacer todo aquello que la ley no le prohíbe expresamente.
  2. La autoridad y sus servidores solo pueden hacer lo que la ley les faculta de forma expresa.
  3. Un buen fin permite al servidor apartarse de la norma cuando la urgencia lo justifica.
  4. Antes de actuar conviene identificar la norma concreta que faculta el acto.

Identifica la linea con error.

Toma una decisión que te corresponda en tu puesto. Escribe al lado la norma, reglamento o acuerdo concreto que te faculta a tomarla (artículo o apartado, no solo «el reglamento»). Si no la encuentras, esa es tu señal de alerta.

PistaEl ejercicio revela algo importante: cuando no puedes señalar la facultad exacta, no estás ante un problema de voluntad sino de competencia. Anota qué harías distinto la próxima vez —preguntar a jurídica antes de actuar— para no descubrir el vacío después de firmar.