De la filtración a la sanción: el camino de una infracción
Infracciones típicas en el ámbito público:
• Tratamiento sin base jurídica o fuera de la finalidad: usar los datos para algo distinto al aviso de privacidad (el caso de la lista para «difusión»).
• Transferencia o difusión indebida: enviar padrones, expedientes o listas a terceros sin consentimiento ni fundamento; subirlos a plataformas no autorizadas.
• Falta de aviso de privacidad o aviso incompleto: recabar datos sin informar al titular.
• No atender los derechos ARCO: ignorar o resolver de palabra, sin registro, una solicitud de acceso, rectificación, cancelación u oposición.
• Falta de medidas de seguridad: dejar expedientes sin llave, contraseñas compartidas, correos personales, impresos sueltos.
• No notificar una brecha de seguridad: cuando los datos se fugan, la autoridad tiene obligación de informar y contener.
Sanciones: del económico a la carrera.
En poder público, las infracciones a la LGTPPDPPP se sancionan (arts. 63-67) con multa a la dependencia y, para el servidor responsable, con sanciones que van desde apercibimiento hasta inhabilitación para ejercer empleo público, según la gravedad y el dolo. Además, una infracción a datos personales puede ser, a la vez, una falta administrativa bajo la LGRA (por incumplir obligaciones) y, en casos extremos, un delito (traficar o divulgar ilícitamente datos sensibles, conforme a los códigos penales).
El costo profesional es real: un expediente de protección de datos en tu contra se suma a tu historial, puede derivar en procedimiento ante el OIC y, si hay divulgación de datos sensibles, abrir responsabilidad penal. La diferencia entre un error subsanable y una sanción grave suele ser la documentación: ¿acreditas que avisaste, que canalizaste, que resguardaste?
Un compañero exporta el padrón de beneficiarios con nombres, domicilios y teléfonos a su correo personal «para trabajar desde casa el fin de semana». Al día siguiente el archivo circula en un grupo de WhatsApp. ¿Qué infracción se configuró y quién responde?
Una infracción a datos personales puede ser simultáneamente una falta administrativa bajo la LGRA y, en casos de divulgación dolosa de datos sensibles, un delito.
Une la conducta con la vía o sanción que puede activarse:
Imagina que mañana el órgano garante notifica una reclamación contra tu área por una supuesta fuga. ¿Podrías acreditar, con registros, qué datos manejas, con qué aviso de privacidad, quién los solicita y cómo los resguardas? Enumera DOS evidencias que hoy NO existirían y que deberías empezar a generar (un inventario de datos, un registro de solicitudes ARCO).
Sin registro, tu diligencia «no pasó»: la defensa se construye antes de la reclamación.
Tu texto se guarda sólo en este dispositivo.
- Las infracciones típicas: tratamiento fuera de finalidad, difusión indebida, falta de aviso, no atender ARCO y ausencia de seguridad.
- El titular reclama ante el órgano garante cuando no le responden o le responden mal; se abre un procedimiento de protección de datos.
- Las sanciones van de multa a la dependencia a inhabilitación del servidor responsable, según gravedad y dolo.
- Rige la concurrencia: una misma conducta puede ser infracción de datos, falta administrativa (LGRA) y delito.
- La defensa es documental: aviso vigente, registro de ARCO y medidas de resguardo acreditables.
Checkpoint: infracciones y sanciones de datos
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Consciente del riesgo, la última ruta del curso convierte la prevención en hábito: documentar cada gestión y conservar el expediente como seguro de vida profesional.
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